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Prorrogan por 90 días la vigencia de la licencia de conducir

La Subsecretaría de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Bariloche comunicó que la Agencia Nacional de Seguridad Vial de la Nación dispuso prorrogar por el término de 90 días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado entre el 15 de febrero y el 3 de abril inclusive.
lunes 06 de abril de 2020
Prorrogan por 90 días la vigencia de la licencia de conducir

Suspensiones y prórrogas
En el marco de la emergencia sanitaria la Agencia Nacional DE Seguridad Vial dictó una disposición mediante la cual se ponen en marcha medidas preventivas que establecieron suspensiones y prórrogas de las exigencias reglamentadas para el otorgamiento y renovación de la Licencia Nacional de Conducir Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). También se dispuso respecto de los cursos de capacitación presencial a instructores y evaluadores teóricos y prácticos matriculados de los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir, instándose a las Jurisdicciones que otorgan Licencia Nacional de Conducir mediante Centros Emisores de Licencias (CELs) certificados y
homologados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a suspender la atención al público y el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir (LNC) y a prorrogar los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen durante el período de suspensión.

Excepcional
A través de la prórroga, en Art. 6° de la nueva Disposición insta “a las Jurisdicciones que otorgan Licencia Nacional de Conducir mediante Centros Emisores de Licencias (CELs) certificados y homologados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en el marco de sus prerrogativas, y a través de sus autoridades, a prorrogar de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, las Licencias Nacionales de Conducir, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 30 de abril inclusive del corriente año.
Es importante remarcar que es por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento. O sea que depende del vencimiento de cada licencia; vencerían desde el 15 de mayo (las de febrero) o el 30 de julio (las que venzan el 30 de abril).

No se están tramitando
Asimismo la Subsecretaría de Tránsito y Transporte recuerda no se están tramitando licencias. Además se comunica a quienes tenían turno y se les venció, no intentar ingresar a la página para sacar uno nuevamente porque se encuentra desactivada y no entrega turnos nuevos. Cuando se recupere la posibilidad de atención, ahí se reactivará el sistema.

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