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Promueven recolección diferenciada de residuos

En el marco de la regulación de la generación y tratamiento de residuos urbanos se aprobó la reglamentación de las tasas vigentes aplicables para las diferentes categorías de generadores comerciales, industriales y de servicios, según la clasificación por tipo establecida por la SEPYME.
lunes 21 de octubre de 2019
Promueven recolección diferenciada de residuos

Esta medida, seg{un se indicó, prevé significativos descuentos aplicables para aquellos generadores que realicen separación en origen y autotransporte al Centro de Residuos Urbanos Municipal (CRUM).

Tasas
Para esto,la resolución Nº 3767-I-2019 reglamenta la aplicación de estas tasas, vigentes desde el 2003 a través de la ordenanza 1265, y establece una serie de pasos para establecer las categorías de grandes generadores comerciales de residuos y comprobar las acciones de separación en origen y autotransporte implementadas por cada uno.
Este proceso será coordinado por la Subsecretaría de Medio Ambiente y comenzará con la Declaración Jurada Informativa ante la Secretaria de Hacienda por parte de cada contribuyente en la que especificará “el volumen de residuos generados por mes, tratamiento aplicado, forma de su traslado, efectiva separación y posterior disposición ante el centro de residuos urbanos municipal (CRUM)”. Esa información será luego verificada por personal de la Subsecretaría de Medio Ambiente que corroborará el correcto ingreso de los residuos al CRUM.

Categorías
La resolución establece 5 categorías de grandes generadores, en base a la cantidad de metros cúbicos de RSU, los que se determinan en forma presunta y mínima en promedio por mes:
1: 1,50 metros cúbicos mensuales
2: 3,50 metros cúbicos mensuales
3: 7,50 metros cúbicos mensuales
4: 15 metros cúbicos mensuales
5: 20 metros cúbicos mensuales

Descuentos
A partir de la determinación de las categorías, la Secretaría de Hacienda dispondrá los descuentos implementados a cada tipo de contribuyente en base a sus acciones de tratamiento de residuos. Estas reducciones se aplicarán sobre el concepto de tasa por la generación de residuos sólidos urbanos a generadores comerciales:
Descuento del 40% para los contribuyentes que auto-transporten sus residuos, ya sea por medios propios o mediante tercerización, al CRUM
Descuento de otro 40% para aquellos contribuyentes que auto-transporten sus RSU ya clasificados en origen y los entreguen de manera diferenciada en el CRUM
Estos descuentos, al ser acumulativos, representan un 80% sobre el total liquidado para aquellos grandes generadores de residuos —al menos en su forma mínima presunta promedio o en su caso sobre los valores que resulten de la corroboración— y que realicen tanto la separación en origen como el transporte diferenciado al CRUM.

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